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Los alumnos que hayan finalizado la educación básica, pero sin alcanzar el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), podrán solicitar a partir de este martes un certificado oficial en el que deberá constar el número de años cursados y el nivel de adquisición de las competencias básicas del alumnado, según ha publicado el Gobierno en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Esta orden tiene por objeto establecer el modelo de certificado que deberá ser utilizado por los centros educativos, tanto público como privados, y que indique la relación de materias cuya superación en la ESO exime a los alumnos de alguna de las partes de las pruebas libres convocadas para la obtención del título de graduado en esta etapa o para las pruebas de acceso a ciclos de Formación Profesional de grado medio.

Además de constar en este documento las materias o ámbitos cursados con las calificaciones obtenidas en los años que el estudiante ha permanecido escolarizado en la ESO, los centros deben adjuntar un informe de la junta de evaluación, del último curso escolar en el que haya estado matriculado, en el que se indique el nivel de adquisición de las competencias básicas, así como la formación complementaria que debería cursar para obtener el título de graduado en ESO.

Fuente: (EUROPA PRESS) Madrid, 24/09/2012